Archives
Competencias de la DIAN
A la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales le competen las siguientes funciones:
2. La
administración y dirección de la GESTIÓN ADUANERA, incluyendo la APREHENSIÓN,
DECOMISO O DECLARACIÓN EN ABANDONO a favor de la Nación de mercancías, así como
su administración y disposición.
3. Para poder
administrar los IMPUESTOS antes mencionados: la RECAUDACIÓN, FISCALIZACIÓN,
liquidación, discusión, cobro, devolución y todos los demás aspectos
relacionados con el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
4. También,
para poder administrar los DERECHOS DE ADUANA Y demás impuestos al comercio
exterior: la RECAUDACIÓN, FISCALIZACIÓN, liquidación, discusión, cobro y todos
los demás aspectos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones
aduaneras.
5. El control y
vigilancia sobre el cumplimiento del RÉGIMEN CAMBIARIO en materia de
importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas,
financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones y
subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones.
6. Servicio y
apoyo a las operaciones de COMERCIO EXTERIOR.
7. Actuar como
autoridad doctrinaria y estadística en materia tributaria, aduanera y de
control de cambios que sean de su competencia.
8. Todas las
actuaciones administrativas necesarias para cumplir con sus funciones.
La JURISDICCIÓN
DE LA DIAN comprende todo el territorio nacional y su DOMICILIO PRINCIPAL es la
ciudad de Santa Fe dé Bogotá. D.C., y representará a la Nación, también en
desarrollo de sus funciones.
Autoridades tributarias Colombia
Hasta 1991 los
impuestos nacionales eran recaudados por la Dirección General de Impuestos
Nacionales, pero mediante Decreto-Ley de ese año fue transformada en la Unidad
Administrativa Especial-Dirección de Impuestos Nacionales, buscando siempre su
tecnificación y mejor funcionamiento general.
En la
actualidad, sin embargo, la situación es diferente. El 31 de diciembre de 1992
fueron FUSIONADAS la Unidad Administrativa Especial- Dirección de Impuestos
Nacionales y la otra Unidad Administrativa Especial Dirección de Aduanas
Nacionales, nueva entidad que ahora se denomina Dirección de Impuestos
Nacionales y Aduanas Nacionales (DIAN), también con el carácter de Unidad
Administrativa Especial, dependiente del Ministerio de Hacienda.
Además de las
funciones que venían cumpliendo, se le adicionaron las siguientes:
1. Asumir las
funciones de estadística y doctrina respecto de los impuestos territoriales que
correspondían a la Dirección General de Apoyo Fiscal, del Ministerio de
Hacienda.
2. Las
funciones de control y vigilancia que tenía asignadas la Superintendencia de
Cambios sobre el cumplimiento del régimen cambiario en materia de importación y
exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación
en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturación y
sobrefacturación de estas operaciones.
Para tal
efecto, se consideró que las competencias y facultades asignadas a la
Superintendencia de Cambios fueron trasladadas a los órganos nacionales,
regionales y locales de la DIAN.
En junio 27 de
1997 fue separada funcionalmente la DIAN del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, y empezó a contar con su sistema especial de administración de
personal, de nomenclatura, clasificación, sistema de carrera administrativa,
salarios y prestaciones. Como PATRIMONIO de la entidad fueron determinados,
entre otros, los siguientes recursos:
a. Las
asignaciones que se le destinen el Presupuesto Nacional.
b. Las
asignaciones que las normas presupuestales asignen al fondo de gestión.
c. Las asignaciones
que las mismas normas presupuestales le asignen al premio fiscal.
d. Los recursos
adicionales de inversión de la apropiación presupuestal específica denominada
FINANCIACIÓN PLAN ANUAL ANTIEVASIÓN y otros recursos concretos para la lucha
contra la evasión que se destinen en las normas legales.
A escala
DEPARTAMENTAL y MUNICIPAL las respectivas autoridades recaudan sus propios
impuestos a través de las secretarías de hacienda departamental, municipal y distrital. Por ejemplo, a los licores (departamental) o las tasas y sobretasas
a la gasolina (municipios).
Pagina Web de Rodrigo Arenas Betancourt
la IED Rodrigo Arenas Betancourt ya tiene disponible su renovada pagina web.
En este espacio ustedes podrán enterarse de las noticias del colegio y de la información relevante para este comunidad educativa
Los invito a participar en la encuesta del mes
esta es la direccion:
En este espacio ustedes podrán enterarse de las noticias del colegio y de la información relevante para este comunidad educativa
Los invito a participar en la encuesta del mes
esta es la direccion: