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Seguridad Social- Generalidades


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Sistema de pensiones



Las pensiones son una prestación económica que obtiene los afiliados al sistema general de pensiones a través de las administradores de fondos de pensiones (AFP) y/o del instituto de seguros sociales, siempre y cuando cumplan con los requisitos.

Garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas en la ley, así como propender a la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con el Sistema.

Todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo, los servidores públicos, las personas naturales que presten directamente servicios bajo la modalidad de Contratos de Prestación de Servicios, los trabajadores independientes, los grupos de población que por sus características o condiciones socioeconómicas sean elegidos para ser beneficiarios de subsidios a través del Fondo de Solidaridad Pensional, los servidores públicos que ingresen a Ecopetrol a partir de la vigencia de la Ley 797 de 2003 (29 de enero de 2003).

Todas las personas naturales residentes en el país, los colombianos domiciliados en el exterior, que no tengan la calidad de afiliados obligatorios y que no se encuentren expresamente excluidos por la ley, los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen pensional de su país de origen.

Durante toda la vigencia de la relación laboral o del contrato de prestación de servicios, debiendo efectuarse por parte de los afiliados, los empleadores y los contrat istas, la cotización correspondiente. Los empleadores pagan el 75% de la cotización total y los trabajadores el 25% restante. Los independientes asumen el 100% de la cotización.
El sistema de pensiones está compuesto por el régimen de prima media con prestación definida y el régimen de ahorro individual con solidaridad.
El régimen de ahorro individual con solidaridad es administrado por los fondos privados de pensiones y consiste en la capitalización de los aportes de cada afiliado junto con los de su empleador, los cuales deben generar los rendimientos necesarios para pagar la pensión del afiliado. Bajo este sistema se pueden hacer aportes voluntarios y optar por una pensión anticipada.

El régimen de prima media con prestación definida es administrado por el Instituto de Seguros Sociales y consiste en un fondo común de naturaleza pública con aportes de los empleados y los empleadores, el cual asume el pago de las pensiones de vejez, invalidez, de sobrevivientes o la indemnización sustitutiva, previo el cumplimiento de requisitos de carácter legal en cuanto al número de semanas de cotización y de edad. Bajo este sistema no pueden hacerse aportes voluntarios ni optar por pensiones anticipadas.
Cuando el afiliado se pensione por invalidez o anticipadamente o reciba la indemnización sustitutiva cesa la obligación de cotizar al Sistema General de Pensiones, en razón a que los pensionados por jubilación, vejez o invalidez y quienes hayan recibido la correspondiente indemnización sustitutiva están excluidos del Sistema General de Pensiones.

La pensión mínima mensual de vejez, jubilación, invalidez o sobrevivientes no podrá ser inferior al valor del salario mínimo legal mensual vigente. ($515.000 Año 2010). Art 35 de la Ley 100 de 1993. Y Decreto 832 de 1996 Art 1. Y la pensión máxima. Actualmente no podrán causarse pensiones superiores a 25 salarios mínimos legales. ($12.875.000), Acto legislativo No 1 de 2005, y art 5 de la Ley 797 de 2003,

La taza de cotización es del 16% del ingreso base de cotización y esta se compone de un aporte del empleador de 12% y del trabajador del 4%Los afiliados con ingresos iguales o superiores a 4 smmlv cotizan un 1% adicional sobre el Ingreso Base de Cotización, con destino al Fondo de Solidaridad Pensional.

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Seguridad social SALUD

Derechos y Deberes en Salud

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El SISBEN

QUE_ES_EL_SISBEN                                                                                                                                   

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Seguridad Social en Salud



En Colombia con el surgimiento de la constitución del 1991, y de acuerdo a su desarrollo normativo posterior, se le otorgan a los trabajadores nuevas alternativas, unas obligatorias y otras opcionales (como el REGIMEN DE PENSIONES VOLUNTARIAS: articulo 15de la Ley 100 del 93), y diferentes al Seguro Social obligatorio hasta entonces; creando un SISTEMA fundado en el AHORRO (como el Régimen de Ahorro Individual en materia de pensiones).

Principios del sistema general de la seguridad social en salud están contenidos en el artículo 153 de la Ley 100 de 1993. Son los siguientes: 1. Equidad 2.obligatoriedad 3. Protección integral. 4. Libre escogencia. 5 Autonomía de las instituciones, entre otros.

El objetivo del sistema general de seguridad social en salud es regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles de atención, como los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud perdida por la presencia de toda clase de enfermedades y el pago de prestaciones económicas, como incapacidades, licencias de maternidad (Ley 50 de 1990) y paternidad ( ley 755 de 2002), auxilio funerario ( articulo 51 Ley 100 de 1993).

Hay dos (2) regímenes que coexisten dentro de la seguridad social, pero que son excluyentes entre sí, por lo que ninguna persona puede estar afiliada en forma simultánea a ambos (art. 201 Ley 100 de 1993). Ellos son el CONTRIBUTIVO  y el SUBSIDIADO. Estos dos regímenes operan tanto en sector pensional como en el de la salud.

El régimen contributivo es conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al SGSSS, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual o familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador. La administración de este régimen está a cargo de las entidades promotoras de salud (EPS), quienes están delegadas por la ley para recaudar las cotizaciones obligatorias de los afiliados (art.177 Ley 100/93).

 Los afiliados al sistema mediante el régimen contributivo vinculadas por medio de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados tanto del sector público como del privado y los trabajadores independientes con capacidad de pago. A todos ellos los podemos denominar como cotizantes principales.

Los beneficiarios del cotizante principal que están contemplados en el artículo 163 de la Ley 100 de 1993. Son:
A.) El cónyuge.
B.) A falta de cónyuge, la compañera permanente o compañero permanente siempre que la unión marital lleve más de dos (2) años
C.) Los hijos menores de 18 años de edad, que dependan en lo económico del cotizante. Se incluye a los hijos ADOPTADOS por ley.
D.) Los hijos de cualquier edad, siempre que tengan certificada esa discapacidad  por la junta regional o nacional de calificación de invalidez
E.) Los hijos estudiantes con edad entre los 18 y 25 años, siempre que sean estudiantes de tiempo completo en una institución educativa reconocida por el MINEDUCACION. Comprende los ciclos educativos de primaria, secundaria, universitaria, tecnológica y técnica.
G.) Si faltan todos los anteriores, son beneficiarios los padres del cotizante que dependen de éste, en lo económico. El requisito es que esos padres no sean pensionados.

El artículo 10 de la Ley 1122 de 2007 señaló que el monto de esa cotización a partir del 1 de Enero de 2007 sería del 12.5% del ingreso o salario base de cotización (SBC), sin que fuera INFERIOR al salario mínimo legal mensual. Su distribución es así: 8.5 % a cargo del empleador o patrono y 4% a cargo del trabajador.

Régimen Subsidiado En Salud Es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos al sistema general de seguridad social en salud, cuando tal vinculación se hace a través de una cotización subsidiada, total o parcialmente, con recursos fiscales o de solidaridad y Será beneficiario del régimen subsidiado toda la población pobre y vulnerable, en los términos del artículo 157 de la ley 100 del 93

La afiliación consta de dos pasos  
1. Solicitar la encuesta domiciliaria, de la que se va a desprender la inclusión en el sistema de identificación y clasificación beneficiarios de potenciales beneficiarios para programas sociales (SISBEN). Este documento es lo que de forma común se denomina ficha de sisben.
2. Que se asigne una EPS- S obteniendo el respectivo carnet de la entidad.

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La seguridad social. Generalidades


La seguridad social es la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, desarrollados por el Estado, contra las privaciones económicas y sociales que de otra manera derivarían en la desaparición o de una fuerte reducción de sus ingresos como consecuencias de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo o enfermedad profesional, desempleo, invalidez, muerte y también la protección en forma de asistencias médica y de ayuda a las familias con hijos.

Constitución Política de Colombia en el Artículo 48. Dice que “la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado”. La ley 100 prevé que el servicio público de la seguridad social se prestara con  sujeción a los principios de eficiencia, universalidad, integridad, unidad, participación  solidaridad.

La Seguridad Social colombiana vino a dar sus primeros pasos en el año de 1946, cuando se crea el INSTITUTO COLOMBIANO DE SEGUROS SOCIALES por medio de la Ley 90 de 26 de diciembre de 1946.

Quienes adoptan la fecha del 26 de diciembre de 1946 como la del origen, lo hacen bajo el argumento contundente de haberse dado a la vida jurídica al antiguo ICSS, entidad primera que protegió los seguros de pensiones en sus modalidades de vejez, invalidez, de muerte, enfermedad, maternidad, accidentes y enfermedades profesionales.

Para dar cumplimiento a este objetivo se conformaron tres subsistemas que cubren a las personas en cualquiera de estos riesgos:

•    El Sistema General de Pensiones SGP: Conformado por las administradoras de fondos de pensiones, encargados de cubrir los riesgos de invalidez, vejez y muerte
•    El Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSS: En el operan entidades que cubren los riesgos de enfermedad general y maternidad como son: Las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)
•    El Sistema General de Riesgos Profesionales: Encargadas de prevenir, proteger y atender los trabajadores de los efectos de accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales
Cada uno independiente en su afiliación y sin requisitos para afiliarse directamente a varios de ellos. Los sistemas se financian con los aportes de los empleadores y de los trabajadores.
Este sistema sigue la lógica de los seguros. Con el pago de la cotización el afiliado al Sistema de seguridad social se protege frente a la eventualidad de que algo le suceda: el seguro cubre invalidez, vejez y muerte. La cotización es equivalente a la prima que paga una persona cuando compra un seguro, contra incendio, robo, accidente, entre otros.

Los empleadores deben afiliar a los trabajadores a los tres sistemas inmediatamente después de hacer  la vinculación laboral, porque cada uno de ellos cubre riesgos diferentes. Por eso una vez que se ingresa a laborar, se realiza el siguiente trámite para afiliarse al sistema de seguridad social:
•    Firma el contrato laboral.
•    El trabajador define a que entidad quiere afiliarse en pensiones y cesantías.
•    Diligenciamiento de formularios con anexos.
•    Por parte del empleador radicación de formularios en entidad respectiva.
Este trámite no debe durar más de dos días.

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La seguridad social - Introduccion




Es la protección que toda sociedad debe dar a sus integrantes o ciudadanos para garantizar la asistencia y las prestaciones suficientes ante situaciones de necesidad. La Constitución y los tratados de Derechos Humanos exigen el diseño y cumplimiento de políticas públicas que garanticen la Seguridad Social para todas las personas.

¿Por que crees que es imprtante para la sociedad un  sistema de segirudad social?
Estas de acuerdo que sea parte de los derechos humanos ¿Por qué o por qué no?.
 
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